COMO DEBE UTILIZAR EL
SERVICIO
APSOT cubre además de las prácticas mencionadas en el
Nomenclador Nacional de Prestaciones Médicas, una amplia gama de prestaciones
No Nomencladas.
Las mismas podrán ser solicitadas por profesionales médicos
pertenecientes o no a nuestra cartilla médica. Sólo requerirán autorización
previa las prácticas de mayor complejidad y las internaciones clínicas y/o
quirúrgicas. En todos los casos dichas prácticas tendrán que ser evaluadas por
Auditoria Médica, previo a su otorgamiento.
SU CREDENCIAL
Junto a su documento de identidad le será requerida para
hacer uso del servicio. Esta credencial es de uso personal e intransferible.
COMO ACCEDER AL
SERVICIO
Telefónicamente usted acuerda con el profesional del Cuerpo
Médico de su preferencia el horario de la atención. Le rogamos que en el caso
de no poder concurrir, proceda a su
cancelación para que ese turno pueda ser utilizado por otra persona. Los
profesionales y las instituciones cuentan en sus consultorios con un sistema de
validación de credenciales que emitirá un cupón, o de verificación por internet
de credenciales que simplemente se transcribe en planillas. Su firma será
requerida como confirmación de la atención.
Equipos médicos.
El Jefe del Equipo, Director o Consultor actuará en forma
personal según las normativas internas de cada equipo, a pedido del resto de
los médicos o cuando las características del caso lo hagan necesario. En las
especialidades en las que figuran equipos médicos, el beneficiario de APSOT no
podrá ejercer derecho de preferencia entre los integrantes del Equipo, por
cuanto si así lo hiciera, personalizaría su atención, pudiendo el mismo
solicitar un arancel diferencial no reintegrable.
Consultas y
Tratamientos realizados con médico particular.
Al optar por un médico particular, las prácticas efectuadas
serán reconocidas a través del sistema de reintegros de acuerdo a valores
estipulados por APSOT.
APSOT se reserva el derecho de solicitar historia clínica o
bien justificativo médico, a fin de ser
evaluado por Auditoria Médica. Es importante destacar que hay prácticas que
llevan autorización previa aunque se realicen por reintegro.
AUTORIZACIÓN PREVIA
En caso de que la prestación requiera autorización usted
podrá gestionarla a través de:
http://directconnection.apsot.com,
un nuevo servicio basado en Internet
que permite autorizar directamente las prestaciones on-line.
APSOT directconnection presenta dos secciones generales: PRESTADOR y BENEFICIARIO, dependiendo si
usted desea realizar prestaciones médicas y necesita pedir autorizaciones, o si
usted es beneficiario de APSOT y necesita autorizar prestaciones médicas.
COBERTURA
INTERNACIONAL y REGIONAL
Contamos con servicios contratados directamente en Uruguay,
y cobertura internacional por reintegro de gastos en el exterior. Además
contamos con cobertura especial en el exterior para casos excepcionales.
CONSULTAS MÉDICAS
Cobertura 100% con prestadores de nuestro Cuerpo Médico.
En consultorio.
Usted puede acceder a la atención en los consultorios
particulares de los diferentes profesionales o en los consultorios centrales de
las Instituciones que cuentan con cuerpo profesional propio que atiendan por
APSOT y que figuran en la especialidad.
Deberá solicitar turno con la debida anticipación e
identificarse en el consultorio con su credencial de APSOT y el documento de
identidad. Los profesionales y las instituciones cuentan en sus consultorios
con un sistema de validación de credenciales que emitirá un cupón, o de
verificación por internet de credenciales que simplemente se transcribe en
planillas. Su firma será requerida como confirmación de la atención
En Domicilio.
Si usted necesita recibir atención médica en su domicilio:
tanto médicos clínicos como especialistas, debe solicitarla al:
0800-122-2776 ó 0800-666-2776
Deberá tener su credencial y su documento de identidad para
presentar al profesional en el momento en que reciba la atención médica.
DISCAPACIDAD
APSOT ofrece las prestaciones incluidas en el Plan de
Discapacidades conforme a lo normado por la Ley Nº 24.901 y la Resolución N°
400/99 SSS y sus modificatorias.
Para informarse sobre los requerimientos del acceso a estas
prestaciones, comuníquese con el Centro de Atención al Beneficiario de APSOT:
TEL: 0800 -122 - 8778
TEL: 011- 4018 -2500
De lunes a viernes de 9 hs. a 19 hs.
Asimismo podrá solicitar una entrevista con la Auditoria
Médica de APSOT.
EXTRAS EN INTERNACION
Si el paciente internado es menor de 15 años, APSOT se hará
cargo de los gastos que represente la permanencia de un acompañante durante el
tiempo que dure la internación.
FLEBOLOGIA
Tratamiento esclerosante con cobertura del 100%, con
prestadores del Cuerpo Médico. Esta prestación requiere autorización previa.
FERTILIZACIÓN ASISTIDA
ALTA COMPLEJIDAD
Un tratamiento por año calendario por el término de 2 años y
por única vez. 100% cobertura por sistema cerrado y por reintegro a valores
APSOT previa auditoría médica.
FONOAUDIOLOGIA,
FONIATRIA 100 %
cobertura APSOT
KINESIOLOGIA,
FISIATRIA
En Consultorio: Sin tope, cobertura del 100% a través de
prestadores de cartilla.
En Domicilio: 25 sesiones sin coseguro por sistema abierto y
cerrado. Cuando sea necesario realizar estos tratamientos en domicilio, deberá
solicitar la autorización previa en APSOT.
HEMODIALISIS
Cobertura total con prestadores contratados.
Cobertura 100% de material descartable.
INSEMINACIÓN
ARTIFICIAL BAJA COMPLEJIDAD
Hasta dos intentos de por vida. 100% cobertura por sistema
cerrado y por reintegros a valores APSOT previa auditoría médica.
INTERNACIONES
Usted y su médico pueden solicitar la internación
gestionando a través de APSOTdirectconnection ( http://directconnection.apsot.com ) la correspondiente orden. La misma será canalizada hacia cualquiera de las
instituciones sanatoriales de cartilla, de común acuerdo con el profesional que
lo atiende.
Se dará cobertura del 100% de gastos sanatoriales, siempre
que el sanatorio esté en su cartilla.
El Jefe del Equipo, Director o Consultor actuará en forma
personal según las normativas internas de cada equipo, a pedido del resto de
los médicos o cuando las características del caso lo hagan necesario.
Instituciones que atienden
a través de su cuerpo profesional
Las instituciones contratadas con su cuerpo profesional
brindan su atención a través del
servicio de la especialidad elegida. Esta determina que médico integrante del
equipo prestará la atención solicitada. De esta forma, si usted desea atenderse
con un integrante en particular, este profesional podrá solicitarle un arancel
diferencial, no reintegrable.
Depósito previo. El sanatorio puede solicitar un
depósito previo para afrontar eventuales gastos que estuvieran fuera de la
cobertura (acompañantes, extras, llamadas telefónicas, etc.). Al momento del
alta, este depósito le será reintegrado, deduciéndose los gastos que pudieran
haberse producido.
Acompañantes. Fuera del horario de visitas, el
sanatorio puede cobrar un derecho de acompañante, ocupe o no la cama. Le
sugerimos informarse sobre el monto a abonar antes de hacer uso de este
derecho. La prestación incluida en el derecho de acompañante es privativa de
cada Institución.
Cobertura 100% para menores de hasta 15 años inclusive, por
el tiempo que dure la internación.
Internación de
Urgencia
Si se produce este tipo de internación (a través de los
servicios de emergencia), la orden será gestionada después de efectuarse la
prestación, dentro de las 24 horas del día hábil posterior a la internación.
MATERIAL RADIOACTIVO
Cobertura del 100 %a cargo de APSOT.
MATERNIDAD
Cobertura del 100% en instituciones y con profesionales de
nuestra cartilla médica.
MEDICAMENTOS
AMBULATORIOS
APSOT pone a su disposición una extensa red de farmacias
adheridas que efectuarán directamente un 50% de descuento, quedando a cargo del
beneficiario el 50% restante sobre los productos cubiertos por APSOT. Usted
deberá presentar la prescripción médica, la credencial y el documento de
identidad de la persona a cuyo nombre se ha extendido la receta.
La cobertura incluye 70% de descuento para enfermedades
crónicas prevalentes con prestadores designados por APSOT.
Cualquier medicamento adquirido fuera de las normas
establecidas, no será reconocido con reintegros de ningún tipo.
Sin embargo si usted debiera adquirir medicamentos en
farmacias no adheridas, estos serán reconocidos por reintegro del 50%
presentando la receta del médico, la factura de la farmacia y los troqueles de
los medicamentos correspondientes.
ODONTOLOGIA
Elección libre.
Usted puede tratarse con el profesional de la cartilla APSOT
de su elección.
Deberá contactarse con el odontólogo y acordar el horario y
día de la consulta. En el caso de no poder asistir, le solicitamos informar al
profesional para que otra persona pueda utilizar su turno.
Odontología para
niños.
En nuestra cartilla usted encontrará especialistas en
odontopediatría para niños de hasta 13 años.
Dudas.
Sus dudas pueden ser atendidas a través de nuestro Centro de
Atención al Beneficiario:
TEL: 0800-122-8778
TEL: 011-4018-2500
De lunes a viernes de 9 hs. a 19 hs.
Ortodoncia y Ortopedia
Funcional
Los tratamientos de ortodoncia (aparatología fija) y
ortopedia funcional (aparatología movible) se realizan exclusivamente en
menores de hasta 18 años de edad, por única vez y previa autorización de APSOT.
En caso de no realizarlos con profesionales de cartilla, se
reconocerá por reintegro el valor de la prestación según los aranceles vigentes
en APSOT al momento del pago.
Prótesis
Odontológicas.
Usted cuenta con la cobertura de prótesis removibles de
acrílico y cromo-cobalto.
Reintegros
Odontológicos.
Si se utilizaran los servicios de odontólogos particulares,
el reintegro se realizará exclusivamente en base a la reglamentación
establecida y de acuerdo a las prestaciones y topes de APSOT en ese momento.
Prótesis fijas e
implantes odontológicos a valor establecido por APSOT por año calendario.
PRACTICAS DE BAJA Y
MEDIANA COMPLEJIDAD
Son aquellas prácticas de rutina, exámenes complementarios y
de diagnóstico, tales como análisis clínicos, radiografías, ecografías,
tomografías. Cobertura al 100% con prestadores
de la cartilla APSOT.
Para realizar estos estudios no se necesita autorización
previa.
Usted puede presentarse en cualquiera de los centros
especializados que figuran en el Cuerpo Médico, con su credencial, documento de
identidad y la orden del médico.
La validez de la prescripción es de 30 días.
Si se presentara una duda o inconveniente sobre estas
prácticas, podrá contactarse directamente con APSOT llamando al Centro de
Atención al Beneficiario de APSOT:
TEL: 0800-122-8778
TEL: 011-4018-2500
De lunes a viernes de 9 hs. a 19 hs.
PRACTICAS DE MAYOR
COMPLEJIDAD
Son aquellas prácticas de alta tecnología y baja frecuencia
como: ecodoppler transesofágico, biopsia bajo control ecográfico o tomográfico,
RMN, punciones, etc. Cobertura al 100% con prestadores de la cartilla APSOT.
Todas las prácticas de alta complejidad requieren
autorización previa. Usted debe gestionar la autorización a través de APSOT directconnection ( http://directconnection.apsot.com ).
Usted podrá asesorarse sobre ellas telefónicamente con el
Centro de Atención al Beneficiario de APSOT:
TEL: 0800-122-8778
TEL: 011-4018-2500
De lunes a viernes de 9 hs. a 19 hs.
PROTESIS E IMPLANTES
QUIRURGICOS NACIONALES E IMPORTADOS.
Cobertura: 100%en
prótesis e implantes nacionales e importados, por provisión directa de APSOT
con evaluación de la Auditoria Médica.
PROTESIS NO
QUIRURGICAS Y ORTESIS NACIONALES E IMPORTADAS
Cobertura: 100% (corset, férulas, etc), previa evaluación de
Auditoria Médica.
PSICOPATOLOGÍA
La atención psiquiátrica se brindará a través del o los
equipos de especialistas contratados por APSOT, los cuales incluirán un
coordinador psiquiátrico, consultores, psiquiatras especializados en adultos,
adolescentes y niños, psicólogos y psicopedagogos; y sistema abierto
(reintegros).
Sistema Cerrado.
La autorización o reconocimiento de tratamientos
psicoterapéuticos se extenderá hasta un máximo anual de 30 (treinta) sesiones,
un máximo semanal de 2 (dos) sesiones y en ningún caso mayor a 4 (cuatro)
sesiones mensuales.
Para utilizar el Servicio de Psicopatología, se debe
solicitar una entrevista de admisión, con el objetivo de determinar el tipo de
tratamiento y posterior derivación al terapeuta adecuado.
Esta entrevista es sin cargo para el beneficiario y se
solicita por teléfono en:
Centro ORO
Güemes 4710 Ciudad de Buenos Aires (1425)
TEL. 4773-8289 / 4772-8851
de lunes a viernes de 8.30 hs a 21.30hs.
Le solicitamos que en el caso de no poder concurrir, proceda
a la cancelación de dicho turno 24 horas antes, para que el mismo pueda ser
utilizado por otro beneficiario.
PSICOPEDAGOGÍA
Este servicio se brindará para niños con rendimiento escolar
insuficiente (disgrafía, discalculía, dislexia) y para aquellos que requieran
reeducación psicomotora por una patología determinada. Para acceder al servicio
de psicopedagogía, se debe solicitar una entrevista con el equipo de admisión
de niños y adolescentes de:
Centro ORO
Güemes 4710 Ciudad de Buenos Aires (1425)
TEL. 4773-8289 / 4772-8851
de lunes a viernes de 8.30 hs a 21. 30hs.
URGENCIAS
PSIQUIÁTRICAS
Estas urgencias pueden atenderse en forma ambulatoria o
requerir atención domiciliaria. En todos los casos deberá comunicarse con:
Centro ORO
Güemes 4710 Ciudad de Buenos Aires (1425)
TEL. 4773-8289 / 4772-8851
de lunes a viernes de 8.30 hs a 21. 30hs.
INTERNACIONES
PSIQUIÁTRICAS
Se cubrirá un periodo de hasta 60 (sesenta) días de
internación por año calendario. Para ello, APSOT requiere una consulta previa
con el coordinador psiquiátrico, un informe médico a los 15 (quince) días y el
diagnóstico definitivo a los 30 y a los 60 días.
Las internaciones psiquiátricas se centralizan en:
Centro ORO
Güemes 4710 Ciudad de Buenos Aires (1425)
TEL. 4773-8289 / 4772-8851
de lunes a viernes de 8.30 hs a 21.30hs.
PISCOPATOLOGÍA.
Sistema Abierto –
Reintegros.
Se reconocerán 30 sesiones en psicopatología cada 4 años
calendarios a valores APSOT.
Rehabilitación
Cardiovascular
Se autoriza en centros que tengan internación. Es para
aquellos pacientes hipertensos severos, en
infarto de miocardio evolucionado, enfisema pulmonar severo y post
operatorio. Requiere autorización previa y se autoriza hasta un plazo de 6 a 12
meses del evento.
Puede consultar por las instituciones en el Centro de
Atención al Beneficiario de APSOT:
TEL: 0800-122-8778
TEL: 011-4018-2500
De lunes a viernes de 9 hs. a 19 hs.
SERVICIO DE AMBULANCIA
Se canaliza a través del Servicio de Urgencias de APSOT
TEL: 0800-122-2776 ó 0800-666-2776
Un servicio con atención permanente: las 24hs., todos los
días del año.
TRASLADO PARA
ACCIDENTADOS
APSOT brinda cobertura total en traslado de pacientes
accidentados, hasta el lugar que posea la complejidad requerida para el
beneficiario dentro del país.
Traslado aéreo nacional, 100% cobertura previa autorización
de APSOT.
TEL: 0800-122-2776 ó 0800-666-2776
TRASPLANTES RENALES
APSOT le brinda cobertura total, con prestadores
contratados, en estudios previos del paciente y del donante, internación y
cirugía.
100% medicamentos y material descartable.
100% honorarios equipo profesional.
100% medicamentos post - trasplante (por provisión directa
de APSOT).
TRATAMIENTOS
ONCOLOGICOS
Cobertura del 100% en instituciones contratadas, según
normativas internas, de:
- Acelerador
lineal
- Telecobaltoterapia
- Radioterapia
- Radioisótopos
- Radioterapia
tridimensional
- Quimioterapia:
cobertura del 100% en el procedimiento y medicación, previa autorización de
APSOT. La provisión de los medicamentos será realizada por APSOT.
URGENCIAS Y
EMERGENCIAS
0800-122-2776 (APSOT) ó
0800-666-2776 (APSOT)
Recuerde tener siempre su credencial APSOT y el documento de
identidad.
CÓMO FUNCIONA EL
SERVICIO?
1. Cuando usted marque el 0-800-122-2776 ó 0-800-666-2776 se
contactará directamente con Urgencias y Emergencias APSOT.
2. Un operador le solicitará el número de teléfono y el
domicilio (al cual debe arribar la asistencia), pidiéndole luego que lo repita
(debido a que en situaciones de emergencias frecuentemente se omiten datos y/o
se dan datos incorrectos).
3. A continuación le
hará una serie de 4 preguntas clave para poder evaluar la Emergencia y el tipo
de servicio que está necesitando. Es sumamente importante que se mantenga
sereno y siga las indicaciones que le suministran.
Las 24 horas del día, los 365 días del año
EMERGENCIAS MÉDICAS (CÓDIGO ROJO)
Se denomina emergencia a toda situación crítica en que la
vida, los órganos y/o funciones vitales del paciente puedan quedar
comprometidos de no mediar una rápida y adecuada asistencia profesional. Este
servicio comprende la presencia en el lugar solicitado de un profesional médico
equipado con el instrumental necesario, a bordo de una unidad de Terapia
Intensiva Móvil (UTIM), acompañado de chofer y enfermero apto para realizar un
eventual traslado del paciente al centro asistencial que le correspondiera
siempre que el profesional lo considere conveniente para una eficaz atención.
URGENCIAS MÉDICAS (CÓDIGO AMARILLO)
Se considera una urgencia toda aquella situación en que no
hay riesgo inminente para la vida del paciente, pero éste debe ser atendido en
un tiempo relativamente rápido, para evitar un deterioro progresivo y
complicaciones graves. En esta categoría de asistencia se engloban todos
aquellos cuadros que aunque no representen una sintomatología riesgosa,
requieren rápida atención.
VISITA MÉDICA DOMICILIARIA (CÓDIGO VERDE)
Se llama visita médica a domicilio a las situaciones en las
cuales, por las características del síntoma y/o afección, no se requiere
asistencia inmediata, pero el paciente no puede trasladarse a un consultorio o
centro asistencial. Este servicio se brinda en las especialidades de Clínica
Médica, Pediatría y Cardiología
TRASLADOS PROGRAMADOS EN AMBULANCIA
Este tipo de asistencia está a disposición de aquellos
pacientes que deben concurrir a un centro de diagnóstico o tratamiento, y que
por su afección se encuentran imposibilitados de movilizarse por otros medios.
VACUNAS
Las vacunas prescriptas en recetario PMI tienen cobertura
del 100%. Cobertura 50% en farmacias
COBERTURA REGIONAL
Uruguay: Centros contratados para urgencias y emergencias.
LIMITACIONES EN LA
COBERTURA NACIONAL E INTERNACIONAL
Interconsultas en el exterior: sujetos a evaluación de
APSOT.
No serán cubiertos por APSOT todos aquellos tratamientos,
prácticas o cirugías enunciados a continuación:
- Se
encuentren en etapa experimental.
- No sean
avalados científicamente.
- Se opongan
a normas legales vigentes.
- Se
contrapongan al proceso natural de la vida del
individuo.
- Provisión
de sangre.
- Internaciones
psiquiátricas crónicas.
- Internaciones
geriátricas.
- Cosmetología.
- Lesiones sufridas como consecuencia
de la participación profesional en competencias, pruebas o demostraciones de
pericia y/o velocidad de cualquier
índole (motociclismo deportivo, automovilismo deportivo, aladeltismo,
paracaidismo, etc.).
- Supuestos
que deben ser atendidos por las Administradoras de Riesgos de Trabajo.
REINTEGROS
REQUISITOS
Todos los comprobantes para la solicitud de reintegros deben ser ORIGINALES.
CONSULTAS
Debe figurar el diagnóstico.
Estudios y Prácticas: Presentar la orden médica y el comprobante de pago legal.
Medicamentos: Receta, el comprobante de pago legal y troqueles.
Cirugías: Protocolo Quirúrgico más el comprobante de pago legal.
MODULOS PARA DETERMINACION DE REINTEGROS
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Exámenes complementarios de diagnóstico y tratamientos auxiliares
Se tomara el valor según APSOT.
PRESTACIONES EN INTERNACION
Honorarios y gastos quirúrgicos
En todos los casos en que se utilice un sanatorio de la cartilla, se emitirá la autorización de internación (gastos sanatoriales) al 100% a cargo de APSOT, los honorarios quirúrgicos se reconocerán teniendo en cuenta un módulo conformado por todos los integrantes del equipo médico interviniente en el acto quirúrgico. Dicho valor será ajustado a valores APSOT.**
Cuando se utilice sanatorio y médico particular, se reintegrará el valor del módulo (gastos sanatoriales y honorarios quirúrgicos) ajustado a valores APSOT.**
**En ambos casos se reintegrarán exclusivamente, aquellas prestaciones quirúrgicas que hayan sido previamente autorizadas por la Auditoria Médica de APSOT. Para gestionar dicha autorización deberá presentar (con anterioridad a la cirugía) el presupuesto del profesional interviniente a fin de que APSOT le informe el monto estimado del reintegro, que puede variar según protocolo quirúrgico.
Importante:
Las solicitudes de reintegro por prestaciones podrán presentarse hasta un máximo de 90 (noventa) días desde la fecha del pago realizado. Pasado dicho lapso, no se admitirá reconocimiento alguno salvo casos de fuerza mayor debidamente comprobada.
Para tal fin, el Beneficiario deberá completar un formulario de Solicitud de Reintegro de Gastos Médicos (disponible en nuestro website) por cada uno de los beneficiarios de los gastos cuyo reembolso se solicita.
Previo al otorgamiento de reintegros de cualquier tipo, APSOT se reserva el derecho de solicitar: información adicional, resultados de estudios de diagnóstico, informes sobre evolución del tratamiento y finalización del mismo, interconsultas, etc.
PRESTACIONES
TOTALMENTE EXCLUIDAS DE REINTEGRO
Tratamiento
del dolor. |
Toda
prestación excluida por APSOT en sus planes cerrados. |
Medicación
crónica, oncológica, alto costo y baja incidencia, diabetes. |
Honorarios
profesionales por atención personalizada. |
Internación
domiciliaria. |
Ortopedia:
calzado corrector y elementos elásticos. |
Acompañante
(si el paciente es mayor de 15 años) |
Transplantes |
REINTEGROS
POR PRESTACIONES MEDICAS
|
|
REINTEGROS
POR PRESTACIONES AMBULATORIAS |
|
Consulta
Médica en CONSULTORIO |
$100.- |
Consulta
Médica en DOMICILIO |
$100.- |
Máximo por
año y por persona: SIN TOPE |
|
|
|
Importante:
cuando se presenten 3 o más consultas por mes con el mismo profesional se
deberá adjuntar la correspondiente historia clínica. |
|
|
|
Consulta
Nutricionista |
$ 25.-c/u |
Máximo por
año y por persona: 24 (dos por mes) |
|
|
|
|
|
EXAMENES
COMPLEMENTARIOS DE DIAGNOSTICO Y |
|
TRATAMIENTOS
AUXILIARES |
|
Laboratorio,
Imágenes (alta complejidad con autorización y baja complejidad sin
autorización) |
Máximo por
año y por persona: SIN TOPE/ SIN LIMITE/ Valores APSOT. |
|
|
|
Material
de contraste |
Reintegro 100% |
|
|
Material
Radioactivo |
|
Radio-
Cobaltoterapia |
|
Máximo por
año y por persona: SIN TOPE/ SIN LIMITE/ Con Autorización / Valores APSOT. |
|
|
|
Por
tratamientos auxiliares: |
|
Fisiokinesiología ( láser y magnetoterapia) SIN TOPE/ SIN
LIMITE |
$24.- |
Fisiokinesiología
a DOMICILIO |
$31.- |
(autorización
previa) |
|
Máximo por
año y por persona: 25 sesiones por año por persona) |
|
|
|
Fonoaudiología |
$ 20c/u |
Máximo por
año y por persona: SIN TOPE/ SIN LIMITE/ Valores APSOT. |
|
|
|
Flebología |
$65.- |
100%
cobertura SIN TOPE/ SIN LIMITE/
Valores APSOT. |
|
Requiere
autorización previa |
|
|
|
MATERNIDAD |
|
Sanatorio
de cartilla con médico particular |
|
En este
caso se emitirá la autorización de internación (gastos sanatoriales,
incluyendo Neonatología) al 100% a
cargo de APSOT. |
|
|
|
Psicoprofilaxis
del Parto (curso) |
$250.- |
Por todo
el equipo actuante, (incluye honorarios médicos, partera, anestesista,
instrumentadora, monitorista ), hasta |
$1890.- |
En caso de
intervención cesárea (incluye honorarios médicos, partera, anestesista,
instrumentadora, monitorista), hasta |
$2024.- |
|
|
|
|
REINTEGROS
POR PRESTACIONES EN INTERNACION |
|
|
|
Internación
Clínica |
|
Internación
Quirúrgica |
|
Honorarios
de internación |
|
Máximo por
año y por persona: SIN TOPE/ SIN LIMITE/ Valores APSOT. |
|
|
|
Acompañante
de internación (para menores de 15 años) |
|
Máximo por
año y por persona: SIN TOPE/ SIN LIMITE/ Valores APSOT. |
|
|
|
Pensión
Sanatorial |
|
Máximo por
año y por persona: SIN TOPE/ SIN LIMITE/ Valores APSOT. |
|
|
|
MEDICAMENTOS |
|
Fuera de
las farmacias Adheridas |
60% |
En el
exterior - 50% a valores APSOT |
|
|
|
MATERIAL
DESCARTABLE |
|
En
internación 100% APSOT |
|
En
prácticas ambulatorias |
50% |
|
|
TERAPIA
INTENSIVA Y UNIDAD CORONARIA |
|
Máximo por
año y por persona: SIN TOPE/ SIN LIMITE/ Valores APSOT. |
|
|
|
SALUD
MENTAL |
|
Terapia
Individual (por sesión) |
$40.- |
Terapia
Grupal (por sesión) |
$40.- |
Terapia
Familiar (por sesión) |
$40.- |
Terapia
vincular (por sesión) |
$40.- |
|
|
Se
reconocerán 30 sesiones cada 4 años calendario a valores APSOT |
|
|
|
ALERGIA |
|
Consultas
(incluye tratamiento desensibilizante) |
|
Testificación |
|
Máximo por
año y por persona: SIN TOPE/ SIN LIMITE/ Valores APSOT. |
|
|
|
REHABILITACIÓN |
|
Accidente
Cerebro Vascular |
|
Grandes
Accidentados Kinesiología - Fisiatría - Fonoaudiología |
|
Post -
Operatorios Traumatología |
|
Máximo por
año y por persona: SIN TOPE/ SIN LIMITE/ Valores APSOT. |
|
|
|
INTERCONSULTAS
EN EL EXTERIOR |
|
Servicio
de interconsultas en el exterior, sujeto a Auditoria Médica APSOT. |
|
Máximo por
año y por persona: SIN TOPE/ SIN LIMITE/ SIN CARGO |
|
TRANSPORTE
EN AMBULANCIA |
|
Servicio
de Traslado (con pedido médico) |
|
Máximo por
año y por persona: SIN TOPE/ SIN LIMITE/ Valores APSOT. |
|
|
|
OFTALMOLOGÍA |
|
Armazón |
$ 100.- |
Lentes con
graduación: |
|
Cristales
Blancos |
$ 52 c/par. |
Cristales
Bifocales |
$146 c/par |
Cristales
Trifocales |
$ 266 c/par |
Máximo por
año y por persona: 1 par cada 2 años, uno de lejos y uno de cerca, excepto
cambio de graduación) |
|
|
|
Lentes de
contacto blandas |
$240.- c/par |
Lentes de
contacto flexibles |
$300.-c/par |
Lentes
tóricas |
$432- c/par |
Máximo por
año y por persona: 1 par por año, excepto cambio de graduación) |
|
|
|
PLANTILLAS |
|
|
|
Plantilla
de cuero |
$25.- c/ par |
Plantilla
de silicona |
$75.-c/ par |
Plantilla
Valente Valente |
$25.-c/par |
|
|
REINTEGROS
POR COBERTURAS ESPECIALES |
|
Gastos
de sepelio. Por
fallecimiento de titular, cónyuge e hijos a valores APSOT. |
$1200.- |
|
MODALIDAD DE REINTEGROS POR PRESTACIONES ODONTOLOGICAS
El beneficiario no podrá realizar un tratamiento a través del sistema cerrado
cuando el mismo haya sido comenzado en forma particular o viceversa.
Para obtener este Beneficio, deberá solicitar a su odontólogo particular la
cumplimentación de todos sus datos en la “Planilla de Reintegros”.
Para el reintegro en prestaciones de endodoncia y cirugía bucal, deberán acompañarse indefectiblemente las radiografías preoperatorias. Para los casos de periodoncia se podrá realizar auditoria posterior dentro de los 30 días.
Toda radiografía (excepto las referidas o prestaciones de endodoncia y cirugía bucal) deberá ser presentada por el paciente dentro de los 30 días de realizada. Al presentar la planilla para reintegro, en los casos de endodoncia, deberá presentarse también radiografía preoperatoria y postoperatoria.
Una vez concluido el tratamiento, podrán ser presentadas las solicitudes de reintegros directamente por el paciente o bien por lo persona que éste designe, en los Centros de Atención Personalizada de APSOT.
Los reintegros se harán efectivos dentro de los 10 (diez) días hábiles de su presentación, ó por acreditación en recibo de sueldos ó acreditación automática en Bancos, según la solicitud del beneficiario, reservándose APSOT el derecho de realizar auditorias odontológicas con el paciente cuando lo considere necesario.
Cabe mencionar que ninguna prestación no cubierta por APSOT podrá ser presentada para reintegros.
Los tratamientos en el interior del país serán canalizados o través de los Centros de Atención Personalizada de APSOT que corresponda en razón del lugar y con la modalidad de los mismos.
| 610100 |
Consulta, examen, diagy pl./trat. |
18 |
| 610400 |
Consulta de urgencia |
20 |
| 610600 |
Consulta estomatológica (sólo por especialistas) |
30 |
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Capitulo II: Operatoria Dental (62) |
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| 620100 |
Amalgama Simple |
40 |
| 620200 |
Amalgama Compuesta |
45 |
| 620900 |
Reconstrucción de ángulo (enviar rx preop.) |
60 |
| 621500 |
Composite Simple |
48 |
| 621600 |
Composite Compuesto |
48 |
| |
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Capitulo III: Endodoncia (63) |
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| 630100 |
Tratam.de conducto unirradicular |
110 |
| 630200 |
Tratam.de conducto multirradicular |
140 |
| 630500 |
Biopupectomia parcial |
48 |
| 630700 |
Desobturacion de conducto |
40 |
| 630800 |
Preparación para perno |
20 |
| |
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| |
Capitulo IV: Prótesis Parcial Removible (64) |
|
| 640201 |
De Acrílico hasta 4 dientes |
400 |
| 640202 |
De Acrílico 5 ó + dientes |
450 |
| 640206 |
Diferencia por prótesis flexible |
150 |
| 640203 |
Colado en Cromo Cobalto hasta 4 dientes |
600 |
| 640204 |
Colado en Cromo Cobalto 5 ó + dientes |
680 |
| |
Protesis Completa (64) |
|
| 640301 |
Completa Superior |
550 |
| 640302 |
Completa Inferior |
550 |
| 640411 |
Cubeta Individual |
70 |
| 640401 |
Compostura Simple |
90 |
| 640402 |
Compostura con agregado de 1 diente |
90 |
| 640403 |
Compostura con agregado de 1 retenedor |
90 |
| 640404 |
Compostura con agregado de 1 diente y 1 retenedor |
120 |
| 640405 |
Dientes subsiguientes |
26 |
| 640406 |
Retenedor subsiguiente |
35 |
| 640407 |
Soldado retenedor con agregado de 1 diente |
130 |
| 640410 |
Rebasado de prótesis parcial y/o completa |
120 |
| |
|
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| |
Capitulo V: Prevención |
|
| 650100 |
Profilaxis(tartrectomia y cepillado mecánico) |
33 |
| 650200 |
Modulo Prevención |
36 |
| 650500 |
Selladores de puntos y fisuras (hasta 15 años) |
20 |
| |
|
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| |
Capitulo VI: Ortodoncia |
|
| 660100 |
Consulta de estudio |
46 |
| 660200 |
Tratamiento dentadura primaria o mixta ambas arcadas |
1400 |
| 660300 |
Tratamiento dentadura permanente ambas arcadas (**) |
2400 |
| 660400 |
Correcciones simples a convenir (AUDITORIA) |
750 |
| |
|
|
| |
Capitulo VII: Odontopediatría |
|
| 670100 |
Motivación (hasta 3 sesiones y hasta los 13 años) |
30 |
| 670200 |
Mantenedor de espacio fijo (hasta 8 años cumplidos) |
120 |
| 670300 |
Mantenedor de espacio removible (hasta 8 años cumplidos) |
160 |
| 670400 |
Tratamiento de diente primario con formocresol |
45 |
| 670500 |
Corona Metálica |
110 |
| 670604 |
Fractura Amelodentaria |
100 |
| 670601 |
Reducción luxación con inmovilidad dentaria |
100 |
| |
|
|
| |
Capitulo VIII: Periodoncia |
|
| 680100 |
Consulta Periodontal |
35 |
| 680200 |
Gingivitis marginal crónica |
43 |
| 680300 |
Periodontitis leve y moderada |
42 |
| 680400 |
Periodontitis grave |
54 |
| |
Mantenimiento trat. Periodontal cada 6 meses |
45 |
| 680500 |
Desgaste selectivo |
60 |
| 680700 |
Ferulización |
80 |
| |
|
|
| |
Capitulo IX: Radiología |
|
| 690101 |
Rx. Periapical |
12 |
| 690102 |
Rx. Bite- wing |
12 |
| 690103 |
Rx. Oclusal 6x8 |
23 |
| 690104 |
Rx. Media seriada 7 placas |
50 |
| 690105 |
Rx. Seriada 14 placas |
80 |
| 690201 |
Extrabucales 1 exposición |
49 |
| 690202 |
Extrabucales exposiciones subsiguientes |
26 |
| 690203 |
Rx. Articulación témporo mandibular |
40 |
| 690204 |
Rx. Panorámica |
40 |
| 690205 |
Telerx. Cefalométrica |
50 |
| 690206 |
Sialografía |
50 |
| |
|
|
| |
Capitulo X: Cirugía |
|
| 700100 |
Extracción dentaria |
42 |
| 700200 |
Plástica comunicación bucosinusal |
120 |
| 700300 |
Biopsia por punción o aspiración |
35 |
| 700400 |
Alveolectomía por zona |
40 |
| 700500 |
Reimplante dentario inmediato |
100 |
| 700600 |
Drenaje absceso |
48 |
| 700700 |
Biopsia por escisión |
48 |
| 700800 |
Alargamiento quirúrgico de corona clínica |
40 |
| 700900 |
Extracción de diente retenido |
140 |
| 701000 |
Germectomía |
180 |
| 701100 |
Liberación diente retenido |
60 |
| 701200 |
Apicectomía |
120 |
| 701300 |
Tratamiento osteomielítico |
80 |
| 701400 |
Extracción cuerpo extraño |
72 |
| 701500 |
Alveolectomía correctora por 6 zonas |
|
| |
|
|
| |
Capitulo XI: Implantes/ Prótesis Fijas |
|
| 777777 |
Implantes (*) |
2200 |
| 788888 |
Protesis fijas (perno, muñon, corona) placa miorrelajante (*) |
1400 |
|
LAS PROTESIS REMOVIBLES SE RENUEVAN CADA TRES AÑOS
(*) PROTESIS FIJAS E IMPLANTES/ POR BENEFICIARIO POR AÑO CALENDARIO.
(**) ORTODONCIA SIN LIMITE DE EDAD, POR ÚNICA VEZ.
LIMPIEZA: 1 / AÑO
FLUOR (HASTA 13 AÑOS) C/6 MESES
OPERATORIA DENTAL C/2 AÑOS c/pieza/cara